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Viernes 30 de Julio de 2010 | 07:08 h

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Prescripción enfermera. Ni si ni no sino todo lo contrario

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Por José Ramón Martínez Riera. Departamento de Enfermería Comunitaria, Universidad de Alicante.
Departamento de Enfermería Comunitaria, Universidad de Alicante.

Plantear cualquier tema y aún más el de la Prescripción enfermera desde una posición dicotómica de SI o NO siempre conduce a posicionarse en extremos

Plantear cualquier tema y aún más el de la Prescripción enfermera desde una posición dicotómica de SI o NO siempre conduce a posicionarse en extremos que obvian importantes matices de una u otra posición, que cuanto menos deben ser tenidos en cuenta y analizados.

En primer lugar me gustaría destacar que la comparación con otros Sistemas Sanitarios (como el británico), siempre es interesante y oportuna realizarla para poder reflexionar, debatir, analizar… posibilidades. Pero en ningún caso debería ser adoptado con mimetismo sin tener en cuenta nuestra realidad, nuestro contexto y nuestras necesidades tanto en el tema que nos ocupa como en cualquier otro.

Quiero poner de manifiesto, para que no quede duda al respecto, la convicción sobre la preparación de las enfermeras para poder prescribir. Entendiendo que prescribir va más allá de la cumplimentación de una receta que permita dispensar un producto. Prescribir implica indicar el mejor régimen terapéutico  frente a un problema de salud, previa valoración y en base al juicio clínico derivado de las competencias enfermeras. Por lo tanto las enfermeras consensuamos diariamente prescripciones con las personas a las que cuidamos. Otra cosa bien distinta es el hecho de recetar.

La prescripción enfermera, por lo tanto, debe tener como referente lo que nos es propio y nos identifica: EL CUIDADO. Si nos alejamos de esta realidad estaremos obviando las necesidades de las personas, familias y comunidad, que como enfermeras debemos de atender. Además, al  intentar dar respuesta a los problemas de salud desde otras parcelas que nos son ajenas estaremos limitando el desarrollo profesional que nos es propio.

Tal como dice L.J. Carpenito (1) (2004) “prescribir resulta bastante fácil, sólo requiere saber mucha Medicina; sin embargo, la formación en Enfermería, así como la acción misma de CUIDAR, son sin duda de una complejidad y dificultad mucho mayor”.

Recientemente podíamos leer que la sanidad pública británica (NHS) se disponía a permitir que enfermeras cualificadas estuviesen al frente de clínicas y consultas y a que realizasen pequeñas intervenciones quirúrgicas. Estas enfermeras trabajarían en compañías privadas sin ánimo de lucro que deberían fundar ellas mismas, por las tardes y en fines de semana, que es cuando debido a las reformas se permitió a los médicos no trabajar en dichos periodos. Cada cual que saque sus propias conclusiones.

No nos equivoquemos. El sistema sanitario plantea como principal objetivo de la intervención de las enfermeras en la eufemísticamente llamada prescripción enfermera, asegurar la realización de técnicas derivadas  del diagnóstico y tratamiento médico.  Por lo tanto resulta difícil entender que desde esta perspectiva se justifique el desarrollo profesional de las enfermeras, cuando realmente se trata de una contribución que no aporta ninguna compensación a éstas y tan solo persigue una mayor eficiencia del sistema sanitario. ¿Por qué el sistema sanitario no se plantea seriamente la institucionalización de los cuidados? ¿Por qué no se trabaja la epidemiología de los cuidados? ¿Por qué no se desarrollan mapas de riesgo sobre los problemas de salud en la comunidad?... como principios para potenciar y visibilizar la eficacia, efectividad y eficiencia de la acción enfermera. Posiblemente como consecuencia de planificar desde esta perspectiva del cuidado se podría plantear la prescripción enfermera.

Pero es que además  esta hipotética mayor eficiencia aportada por las enfermeras  no se puede realizar con el actual marco legal, lo que supone un evidente riesgo para la responsabilidad personal y profesional de las enfermeras. Si la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios no se modifica en el sentido de considerar a médicos u odontólogos como  únicos profesionales con la facultad para ordenar la prescripción de medicamentos y productos sanitarios para pasar a considerarlos como los “profesionales principales”, la situación de las enfermeras respecto a la prescripción enfermera empeorará.

La prescripción enfermera, como tantos otros aspectos de nuestra profesión, requieren de un debate reflexivo, sereno, razonado… con todos los agentes que intervienen o pueden intervenir directa o indirectamente en el mismo, empezando por el que tienen que establecer las propias enfermeras, alejándose de posicionamientos irracionales e inamovibles que no tan solo no conducen a alcanzar el consenso sino que además generan posicionamientos enfrentados que en nada benefician ni al desarrollo de la enfermería ni a la población a la que debemos prestar cuidados.

Por todo lo expuesto, ni SI ni NO, sino todo lo contrario. Valoremos todo el recorrido existente entre ambos posicionamientos para no alejarnos de lo que nos es propio al asumir otras responsabilidades y hagámoslo en el marco de la legalidad.


(1) Family nurse practitioner

 

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